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Ley de EAI (Educación Ambiental Integral), hablemos todo el mismo idioma.

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El Profesional, Lic. Matias Aciar, nos deja una breve reseña sobre la Ley de EAI (Educación Ambiental Integral)

El objetivo de la ley es asegurar un piso mínimo de actividades y contenidos por medio de una educación más abierta y dinámica, como pilar fundamental en la creación de esta conciencia ambiental, donde existe la necesidad de establecer procesos educativos que visualicen la crisis ambiental y sus alternativas post-pandemia”.

Hablemos todo el mismo idioma.

(No es Medio Ambiente) – El “medio ambiente” no existe, su uso es una desviación idiomática que genera confusión, pero es bien aplicada la palabra “MEDIO” cuando se quiere identificar o definir: suelo, agua y aire, porque separadamente forman un “medio”, y es en su conjunto con otros componentes como conforman el AMBIENTE.

Qué dice la ley

La EAI (Educación Ambiental Integral), propone “un proceso educativo permanente con contenidos temáticos específicos y transversales, que tiene como propósito general la formación de una conciencia ambiental. A su vez, se incorpora al artículo 92 de la Ley 26.206 de Educación Nacional que formará parte de los contenidos curriculares comunes a todas las jurisdicciones: “La toma de conciencia de la importancia del ambiente, la biodiversidad y los recursos naturales, su respeto, conservación, preservación y prevención de los daños”.

Es objeto de la presente ley definir la política de educación ambiental conforme lo dispuesto en el artículo 41 de la Constitución.

La Ley General del Ambiente N° 25675, Artículo 14 dispone que la educación ambiental constituye el instrumento básico para generar en los ciudadanos, valores, comportamientos y actitudes que sean acordes con un ambiente equilibrado, propendan a la preservación de los recursos naturales y su utilización sostenible, y mejoren la calidad de vida de la población.

La educación ambiental y los ODS (Objetivos de Desarrollo Sostenible)

“De aquí a 2030, asegurar que todos los alumnos adquieran los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para promover el desarrollo sostenible, entre otras cosas mediante la educación para el desarrollo sostenible y los estilos de vida sostenibles, los derechos humanos, la igualdad de género, la promoción de una cultura de paz y no violencia, la ciudadanía mundial y la valoración de la diversidad cultural y la contribución de la cultura al desarrollo sostenible.”

“El tema de la educación ambiental integral es una piedra basal en el mundo que se viene”.

#LeyDeEducacionAmbientalYA.

www.comisionfundadoramendoza.com

 

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