La exsubdirectora de la Agencia Federal de Inteligencia se presentó en los tribunales de Lomas de Zamora. Debe declarar en la causa que investiga supuestas maniobras de espionaje ilegal sobre el Instituto Patria y el domicilio de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, en el 2018.
La subdirectora de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) durante el Gobierno de Cambiemos, Silvia Majdalani, se presentó esta mañana a declaración indagatoria en la causa que investiga supuestas maniobras de espionaje ilegal sobre el Instituto Patria y el domicilio de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, en el 2018.
Majdalani fue convocada a indagatoria por el juez de Lomas de Zamora Juan Pablo Auge tras el requerimiento formulado por los fiscales Cecilia Incardona y el fiscal Santiago Eyherabide. Hoy, antes de comenzar la indagatoria, recusó a Incardona.
La subdirectora de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) durante el Gobierno de Cambiemos, Silvia Majdalani, llegaba junto a su abogado Juan Pablo Vigliero, a los tribunales federales de Lomas de Zamora.
Imagen: Télam
De igual manera, el martes será el turno del ex jefe de la AFI durante el gobierno macrista, Gustavo Arribas, quien está citado a indagatoria en ese mismo expediente.
La presentación judicial de los exfuncionarios de Mauricio Macri tiene fecha de inicio, pero se desconoce cuándo será su cierre: se los investiga también por espionaje ilegal a dirigentes políticos, gremiales, sociales y religiosos; están imputados por la supuesta intrusión en 88 cuentas de correo electrónico de dirigentes políticos y periodistas y fueron denunciados también por el armado de fichas ideológicas de los periodistas acreditados a cubrir cumbres internacionales en la Argentina.
Además, el nombre de Arribas aparece en la causa en la que se investigan las presiones de la mesa judicial de Cambiemos al Poder Judicial y ambos ex jefes de la AFI también están imputados por venta irregular de armas de la agencia.
El horizonte se perfila más sombrío para la ex subdirectora de la central de espías a quien varios ex agentes señalaron en distintos escenarios -Tribunales y el Congreso- como quien daba las órdenes para las tareas de espionaje sobre dirigentes políticos e incluso alguno sostuvo que pedía informes previos de cómo se iban desarrollando.
La subdirectora de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) durante el Gobierno de Cambiemos, Silvia Majdalani, llegaba junto a su abogado Juan Pablo Vigliero, a los tribunales federales de Lomas de Zamora.
Imagen: Télam
El último viernes, estaba citado a indagatoria en la causa de espionaje sobre el Instituto Patria el último jefe operacional de Contrainteligencia durante el Gobierno de Mauricio Macri, Martín Coste, quien se presentó junto a su abogado, pidió que se incorpore al expediente su declaración del 26 de junio ante la comisión bicameral de seguimiento de organismos de inteligencia y se llevó copias de la causa para ampliar su indagatoria cuando la haya podido estudiar.
Ante el Congreso, Coste había dicho que “el director general de Operaciones era la subdirectora” Majdalani, que los espías que se incorporaron a la AFI durante el Gobierno de Macri “venían de personal político-partidario” y que cuando intentaba hacerles algún planteo le respondían “si tenés algún problema hablalo con el Señor Cinco o la Señora Ocho”.
La fiscal Di Lorenzo rechaza la idea de pedir el secuestro de los móviles
El abogado que representa a uno de los motociclistas atropellados, Martín De Vargas, le pidió a la fiscal María Eugenia Di Lorenzo que secuestre y abra los celulares de Carolina Píparo, su marido, Juan Ignacio Buzalli y el secretario de Seguridad de La Plata, Darío Ganduglia. Es que en los mensajes entre ellos puede encontrarse la verdad sobre lo ocurrido, tanto en el robo que habría sufrido la legisladora, como después en el atropellamiento de los dos motociclistas, el arrastre de la moto a lo largo de varias cuadras y la forma en la que fue convocado Ganduglia y cómo intervino.
Parece probado en la causa, que el funcionario no participaba de ningún operativo y que llegó únicamente para asistir a la legisladora.
Por ahora, la fiscal no aceptó la medida pese a que el pedido de De Vargas parece razonable. El letrado va a insistir porque sostiene que es una prueba de máxima importancia.
En La Plata se sabe que Píparo apuntaba a encabezar la lista de diputados de Juntos por el Cambio en 2021 y se menciona que Ganduglia podía ser el próximo candidato a intendente de la capital bonaerense. Es más, el intendente Julio Garro está de licencia hasta febrero y se menciona que quien toma las decisiones en su reemplazo es Ganduglia.
Un directivo de Vialidad declaró leyendo anotaciones, lo acusaron de estar guionado y pidieron anular sus aportes. Buscaba desligar a Lázaro Báez.
Una de las últimas audiencias del juicio por corrupción en la obra pública en el que juzgan a Cristina Kirchner y Lázaro Báez terminó con escándalo. Un testigo llamó la atención de la fiscalía como de los jueces y despertó las sospechas de que su testimonio fuera “guionado”.
Se trata de Justo Pastor Romero, quien aún es empleado de la Dirección Nacional de Vialidad -ingresó en 2014- y que antes se desempeñó en la Sindicatura General de la Nación.
El hombre comenzó a declarar hasta que empezó a llamar la atención por unos papeles que tenía en su mano y que iba leyendo a medida que inició su declaración testimonial. Intentaba refutar, con su testimonio, la concentración de las licitaciones del 86% que, según la imputación, tuvo el Grupo Austral, y los sobreprecios promedio del 65%. Pero lo cierto es que no está permitido que un testigo declare con anotaciones o leyendo un documento lo que despertó todo tipo de acusaciones sobre la veracidad de su testimonio y si en verdad no estaba “guionado”.
“El testigo comienza a leer anotaciones que describe como propias, sobre datos oficiales de los precios de los montos actualizados de todas las obras en Santa Cruz tomados del sistema de la DNV que, según refiere, le fueron facilitados por el contador Marcelo Guillermo Bianchi”, consta en el acta del juicio a la que accedió Clarín.
La situación se prestó para las sospechas. Aquellas anotaciones que estaba leyendo el testigo Romero, buscaban refutar la presunta existencia de sobreprecios en las obras que Lázaro Báez obtuvo. Entonces, fue cuando Juan Villanueva, abogado del empresario K, pidió que esos documentos que Romero tenía en sus manos se incorpore como prueba al juicio. El fiscal ante el Tribunal, Diego Luciani, manifestó su preocupación por el contenido de la declaración, y sobre todo, “con relación al símil peritaje que el testigo intenta leer, de su autoría, sobre presuntos cálculos de sobreprecios, estimación que minutos antes el mismo declarante describió como de una complejidad superior”, consta en el acta.
Lázaro Báez, Julio De Vido, Nelson Periotti y de fondo Cristina Kirchner en el juicio por corrupción en la obra públicas. Foto Maxi Failla.
El fiscal continuó con su reclamo y dijo que se estaba asistiendo a un testigo “cuya tendenciosidad y parcialidad es preocupante, partiendo del hecho de que el testigo hace una estimación por motu propio, al margen de toda orden del Tribunal, que ninguna de las partes presentes ha podido controlar, mucho menos corroborar, afectando de ese modo el derecho de defensa en juicio”. Por esos motivos, el representante del Ministerio Pública solicitó al Tribunal que “reconduzca la declaración del testigo y se excluya la suerte de investigación que el Sr. Romero hizo por cuenta propia y al margen de la autorización del Tribunal”.
Romero buscó desestimar los números de los sobreprecios con sus anotaciones, algo que rechazó el fiscal que contó con la adhesión del abogado de la Unidad de Información Financiera (UIF), Federico Bazzani quien en un escrito, al que accedió Clarín, sostuvo que hubo una marcada “irregularidad advertida en la declaración del testigo referido, en tanto su testimonio, lejos de ser espontáneo y resultante de la evocación de su memoria, se basó fundamentalmente en dichas constancias, en franca contravención” a lo que plantea el Código Procesal Penal.
Asimismo, el abogado del organismo del Estado, indicó que el documento que varias defensas, entre ellas la de Báez, pidieron incorporar, “no satisface los extremos requeridos por el Código Procesal Penal. En efecto, según esa norma, la prueba a introducir no puede ser cualquiera sino solo aquella que resulte evidentemente vital y pertinente como producto de la contradicción ocurrida en el debate, una situación muy distinta a la forma en que se “descubrió” este documento en la audiencia pasada”.
En el mismo sentido, se pronunció el abogado Lucas Trigo, de la OA, quien en su escrito planteó que un testigo “no puede leer su testimonio. Podrá en todo caso leer, si el tribunal lo autoriza, alguna parte de una declaración anterior o algún fragmento de un documento que llevara su firma, para refrescar su memoria – dice el código de procedimientos- pero en ningún caso puede sentarse frente a los estrados y leer un testimonio que llevara preparado de antemano”.
Fue entonces cuando la OA indicó que por no ser un documento que ya estaba incorporado a la causa y que ninguna de las partes conocía, “el testigo no podía proceder a su lectura, y esta posición, fue confirmada por el tribunal en la audiencia”. La querella entendió que su incorporación posterior “tampoco puede admitirse desde lo formal por que en modo alguno resulta ser una prueba sobreviniente (…). No es algo novedoso ni tiene relación alguna con la materia en la que estaba siendo interrogado el testigo Romero”.
El empresario K Lázaro Báex y su hijo Martín acusado por corrupción.
En cuanto al contenido de los manuscritos que sostenían la ausencia de los presuntos sobreprecios, el fiscal Luciani, los abogados de la OA y de la UIF, coincidieron al plantear que esos apuntes “resultan impertinentes y que no tienen que ver con el objeto de debate en este juicio. Esas manifestaciones acerca de precios actualizados en dólares, sin tener ningún tipo de ajuste inflacionario, arbitrario, y sin comprobación alguna, no pueden de ninguna manera ser tenidas en cuenta por el Tribunal”.
La Dirección Nacional de Vialidad (DNV) de la anterior gestión, entre otros aspectos, estimaron que los sobreprecios que percibió Báez rondaban el 65% y que no se justificaban los retrasos en las obras.
El máximo tribunal ratificó la decisión al no tratar el recurso presentado luego de que el procurador Eduardo Casal recomendó desestimar la última apelación contra el viudo
Este jueves por la tarde, la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la inocencia Carlos Carrascosa en el crimen de su esposa, María Marta García Belsunce, al no tratar el recurso presentado y dejar firme la presentación previa. Elena Highton de Nolasco fue la única magistrada que se abstuvo de emitir su voto.
“El recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, resulta inadmisible”, afirmó el máximo tribunal en un breve escrito en donde aplicó el artículo 280 del Código Civil y Procesal de la Nación con las firmas de los jueces Lorenzetti, Maqueda, Rosenkrantz y Rosatti. El artículo asegura que “cuando la Corte Suprema conociere por recurso extraordinario, la recepción de la causa implicará el llamamiento de autos. La Corte, según su sana discreción, y con la sola invocación de esta norma, podrá rechazar el recurso extraordinario, por falta de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones planteadas resultaren insustanciales o carentes de trascendencia”.
El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, había dictaminado a favor de Carrascosa. Consideró que la Corte Suprema de Justicia de la Nación debía desestimar la última apelación que hizo el Ministerio Público Fiscal bonaerense a la absolución que le fue dictada en 2016 al viudo por el homicidio de su esposa, en un fallo al que accedió Infobae en forma completa.
Así, Carrascosa quedó absuelto definitivamente en este expediente que ya cumplió 18 años y por el cual fue condenado y luego absuelto en primera instancia.
María Marta García Belsunce y Carlos Carrascosa
“En mi opinión, el recurso extraordinario intentado es inadmisible y la queja, por lo tanto, debe ser desestimada”, afirmó Casal en su dictamen de ocho páginas con fecha del 1° de este mes. De acuerdo al procurador, “el recurso extraordinario por arbitrariedad de sentencia es de naturaleza excepcional, pues no le corresponde a la Corte sustituir a los jueces de la provincia en temas de prueba y de derecho común y procesal local, que son propios de éstos”.
En su dictamen, Casal remarca que la “doctrina de la arbitrariedad de sentencia no tiene por objeto corregir fallos que las partes puedan reputar equivocados, sino que sólo pretende suplir defectos realmente graves de razonamiento que impidan considerar a la sentencia como el acto jurisdiccional al que toda parte en un proceso tiene un derecho constitucionalmente asegurado”.
“En fin”, concluyó, “no encuentro en ese trámite la violación al derecho de defensa que alega el recurrente ni, por ello, razones para objetar la sentencia de la corte bonaerense que permitan fundar la competencia por apelación del Tribunal según su doctrina de la arbitrariedad”.
Carrascosa había sido condenado por encubrimiento en el juicio llevado a cabo en 2007 y luego condenado por el Tribunal de Casación en 2009 por el homicidio. Tras siete años de apelaciones la Corte Suprema de la Nación ordenó una revisión integral de la causa y en 2016 un nuevo fallo detectó graves irregularidades en el proceso, le otorgó la absolución y el viudo recuperó la libertad el 19 de septiembre de ese año.
El escrito de la Corte Suprema en donde se confirmó la absolución de Carrascosa.
Esa resolución fue apelada por Procuración de la Provincia de Buenos Aires y desde 2018 quedó nuevamente a cargo de la Corte. El expediente, que pasó por los despachos de los ministros Juan Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco y Horacio Rosatti, según confirmaron a la agencia Télam fuentes judiciales, quedó inicialmente en manos de Ricardo Lorenzetti.
García Belsunce fue encontrada muerta a sus 50 años el 27 de octubre de 2002 en su chalet del country Carmel de Pilar, con su cuerpo semisumergido en la bañera.
La investigación en torno a su muerte se transformó en un caso policial de alto perfil que suscitó un enorme interés, especialmente luego de que la autopsia practicada a 36 días del hecho comprobara que la socióloga y presidenta de la organización Missing Children no había muerto en un accidente doméstico, como sostuvo Carrascosa desde un primer momento, sino que había sido asesinada de seis balazos en la cabeza disparados con un arma calibre 32 que nunca apareció.
El nuevo libro de Carrascosa, “Diario de un Inocente” (Lihueel Althabe)
En las últimas semanas, 18 años después del asesinato, el caso volvió a estar en agenda tras la publicación de Carmel, una miniserie documental de Netflixcon una reconstrucción cronológica del caso y entrevistas con los actores principales del caso, desde Carrascosa y los miembros del entorno familiar de María Marta hasta el fiscal Diego Molina Pico.
Este año, además, Carrascosa decidió publicar el libro que escribió en la cárcel, titulado Diario de un inocente: un amor, una causa, una vida, editado por Penguin Random House, donde combina su historia con su vida en la cárcel y el crimen de su esposa, con prólogo de su amiga Jorgelina Fernández Tosar.
El Tribunal Oral en lo Criminal N° 4 de San Isidro debía llevar a cabo entre el 3 de agosto y el 14 de octubre de este año el tercer debate oral por el caso, que tiene como presuntos coautores del homicidio al ex vecino del country Nicolás Pachelo (44) y a los dos ex empleados de seguridad Norberto Glennon (55) y José Ramón Alejandro Ortiz (43), que debió ser pospuesto por la pandemia de coronavirus.