La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta, uso y comercialización de unos tratamientos capilares, que en el mercado se ofrecen como “Alisados Bellini”.
Mediante la Disposición 6191/2020, publicada este martes en el Boletín Oficial, la ANMAT prohibió la venta de todos los productos que se ofrecen a través de “Alisados Bellini”. “Elaboramos y vendemos Alisados. Tratamientos Capilares. Aprende con nosotros! Cursos presenciales y Online. Desarrolla tu marca”, anuncia “Alisados Bellini” a través de las redes sociales Instagram y Facebook.
La ANMAT tomó esta decisión luego de recibir un reporte de “Cosmetovigilancia por una denuncia girada por correo electrónico sobre el producto rotulado como: BELLINI TANINOPLASTIA KERATINA SMART– ácido tánico, liposomas colágeno y elastina, keratina vegetal, extracto de jojoba, Q10 antioxidantes”.
En esa denuncia se hizo referencia a la sospecha “de contenido del ingrediente formol en concentraciones superiores a las permitidas en el citado producto, las que habría provocado eventos adversos tales como ardor y picazón del cuero cabelludo, dolor de cabeza e irritación de las vías respiratorias a la denunciante”.
El informe de la ANMAT detalla que los productos que vende “Alisados Bellini” carecen en su rotulado de datos que identifiquen su inscripción sanitaria, el responsable de la comercialización, legajo del elaborador, lote y fecha de vencimiento, entre otra información requerida por la normativa de rotulado de productos cosméticos.
Asimismo, se informó que se consultó en la base de datos de admisión de cosméticos de la ANMAT y no se hallaron antecedentes de inscripción que respondan a esos datos identificatorios. Ni las direcciones, ni lo que se ofrece tiene algún registro por lo cual “se trata de productos ilegales toda vez que son productos cosméticos que carecen de inscripción ante la Autoridad Sanitaria competente, que se desconoce su origen y por lo tanto si fueron formulados con ingredientes permitidos y bajo las concentraciones establecidas por la normativa vigente al respecto”.
Por lo tanto, la ANMAT dispuso:
Prohíbese el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de los productos rotulados como:
a) BELLINI TANINOPLASTIA KERATINA SMART– ácido tánico, liposomas colágeno y elastina, keratina vegetal, extracto de jojoba, Q10 antioxidantes. Sin más datos;
b) BELLINI TANINOPLASTIA BOTOX SMART– ácido tánico, liposomas colágeno y elastina, ácido hialurónico, extracto de jojoba, Q10 antioxidantes. Sin más datos;
c) BELLINI LINEA GOLD- ALISADO GLOSS EXTREME- EXTRA RESTAURACION-cabellos teñidos y maltratados- Brillo gloss 5D- colágeno, keratina vegetal, proteínas de seda, antioxidantes y vitaminas. Sin más datos.
“d) BELLINI LINEA GOLD- KERATINA PREMIUM- EXTRA RESTAURACION – Brillo gloss 5D- colágeno, keratina vegetal, proteínas de seda, antioxidantes y vitaminas. Sin más datos;
e) BELLINI LINEA GOLD- BOTOX GLOSS EXTREME- EXTRA RESTAURACION-cabellos teñidos y maltratados- Brillo gloss 5D-ácido hialurónico, keratina vegetal, proteínas de seda, antioxidantes y vitaminas. Sin más datos;
f) BELLINI BOTOX MATIZADOR, sin más datos.
g) BELLINI ALISADO JAPONES, sin más datos;
h) BELLINI ALISADO GLOSS 5D, sin más datos;
i) BELLINI KERATINA, sin más datos;
j) BELLINI ALISADO PLASTIFICADO 3D, sin más datos;
k) BELLINI TANINOPLASTIA KERATINA SMART– ácido tánico, liposomas colágeno y elastina, keratina vegetal, extracto de jojoba, Q10 antioxidantes.
Sin más datos.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica alertó este martes, a través de una disposición publicada en el Boletín Oficial, sobre unos barbijos falsificados.
En la disposición 6189/2020 dispone la prohibición del “uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional, de todos los lotes del producto falsificado, con las características expuestas, rotulados como: “Controlado y aprobado , código barbijo medispo, autorizado por la A.N.M.A.T. PM 2055-1, venta libre, elaborado por CDG SA”.
En las razones expuestas en el considerando se establece que ante unas actuaciones iniciadas en el Hospital Ramón Carrillo de la localidad de Ciudadela “se realizó una consulta a la firma CDG sociedad anónima en relación a unos barbijos recibidos en concepto de donación realizada por un particular no identificado, presuntamente elaborados por la firma que, atento las características visuales del producto, le hicieron sospechar respecto de su legitimidad”.
Para ello, “el Hospital aportó fotografías ilustrativas del producto en cuestión, en las que pudo observarse un barbijo color verde y una bolsa de nylon transparente con un rótulo que reza: “CONTROLADO Y APROBADO CODIGO BARBIJO-MEDISPO, CANTIDAD 50 UNIDADES, Autorizado por la A.N.M.A.T. PM 2055-1, LOTE 101-005, Fecha de Fabricación MAYO 2020, Fecha de Vencimiento MAYO 2025, VENTA LIBRE, Elaborado por CDG SA, Dirección General Paz 1052 Tandil BSAS”.
Posteriormente y “constatada la falsificación de los barbijos se lo comunicó a la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud mediante correo electrónico” a lo que “la directora técnica de la empresa informó inmediatamente al Hospital Ramón Carrillo que los barbijos no correspondían a productos distribuidos por ellos, sino que se trataba de unidades falsificadas”.
Ante ello, “CDG S.A. informó que los barbijos originales se distribuyen acondicionados en una caja, mientras que el falsificado se encuentra acondicionado en una bolsa de nylon transparente” y que “son confeccionados con tela SMS, son tricapa, termosellados y con chapita para ajuste en la nariz; mientras que el producto falsificado sería de polipropileno, conformado por una sola capa, con costuras con hilo y sin chapita de ajuste”.
En cuanto al rótulo en el envase, la empresa explicó que “los datos del producto original van impresos en la caja mientras que el producto falsificado posee un rótulo de papel impreso pegado en la bolsa de nylon” y que “el rótulo del producto falsificado describe “elaborado por CDG SA”, pero la firma CDG S.A. se encuentra habilitada ante esta Administración Nacional como empresa importadora, y no como elaboradora/fabricante”.
Asimismo, señala que “el lote que se describe en el rótulo del producto falsificado no se corresponde con un lote importado por la firma CDG S.A.; la dirección “General Paz 1052, Tandil” corresponde a una dirección anterior de la empresa dada de baja en el año 2016; y la condición de “Venta Libre” no corresponde con la condición establecida por el titular en el registro del producto, siendo la correcta “Venta exclusiva a profesionales e instituciones sanitarias” y que “el número de PM 2055-1 no corresponde a barbijos sino a otro producto de titularidad de la firma CDG S.A.”.
En consecuencia, “desde el punto de vista sanitario se trata de un producto falsificado y que se desconoce su efectivo origen y composición, no pudiendo garantizarse su calidad, seguridad y eficacia, situación que resulta en un riesgo para la salud de la población” y que “a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos falsificados involucrados, la prohibición de comercialización, uso y distribución de todos los lotes del producto”.