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Sociedad

Una madre condenada por matar a su bebé fue absuelta por la Cámara de Casación 11 años después de la tragedia

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El tribunal consideró que no había pruebas suficientes en su contra. En el mismo fallo dejaron firme la sentencia en contra del padre, quien además ejercía violencia contra la mujer

M. L. N. fue mamá con apenas 17 años. Luis Martínez, su novio, recién era mayor de edad. Juntos concibieron a Zoe Abigail, que llegó al mundo un 27 de diciembre de 2013. La bebé murió con dos meses y 25 días en el Hospital de Niños “Ricardo Gutiérrez”, como consecuencia de los maltratos que sufrió. La Justicia determinó que se trató de un crimen y condenó a ambos padres. Ahora, 11 años más tarde, un tribunal superior revisó la causa y absolvió a la mujer al no encontrar pruebas suficientes en su contra.

En su corta vida, la recién nacida ingresó en múltiples oportunidades a la guardia de este hospital ubicado en el barrio porteño de Recoleta. En su última internación, el 21 de marzo, presentó un deterioro neurológico progresivo, problemas respiratorios, hematomas y fracturas recientes que los médicos no habían visto en las atenciones previas.

Una semana más tarde el Consejo de los Derechos del Niño de la Ciudad de Buenos Aires les ordenó a los padres el compromiso de resguardar la integridad psicofísica de la menor. Pocos días después los médicos estabilizaron su cuadro y le dieron el alta.

Según se reconstruyó en la investigación, en los momentos previos a la última internación de marzo, M.L.N. -la mamá- estaba en la escuela y la niña quedó al cuidado de su padre. El cuadro de la recién nacida se tornó irreversible, y su fallecimiento se investigó a partir de los sospechosos antecedentes clínicos.

En octubre de 2016, el Tribunal Oral de Menores N° 2 condenó a ambos padres por el homicidio agravado por el vínculo de la bebé. A ella le dieron una pena de cuatro años, mientras que para él fue el doble: ocho años de prisión.

La muerte de Zoe fue atribuida al Síndrome del Bebé Sacudido (SBS), una condición causada por reiterados actos de maltrato, golpes y sacudones violentos que le provocaron un edema encefálico difusohemorragia subdural y otras lesiones cerebrales. Los jueces confirmaron que las afecciones observadas en la beba, incluyendo hemorragias retinianas y múltiples fracturas de costillas, eran compatibles con este síndrome.

Hospital de Niños Ricardo GutiérrezHospital de Niños Ricardo Gutiérrez

El tribunal que los juzgó tuvo en consideración “circunstancias extraordinarias de atenuación” por las que ambos evitaron la prisión perpetua.

En el caso de Martínez, le redujeron la pena por su extrema juventud al momento de los hechos, su “difícil historia de vida”, antecedentes de traumatismos de cráneo, y su historial de consumo de alcohol y drogas.

Estos factores, junto con una personalidad de “bajo nivel de tolerancia a la frustración” y un vínculo inmaduro con su pareja, condicionaron su autonomía de voluntad, según entendieron los jueces en su veredicto.

La revisión de la causa

Todas las partes apelaron el fallo de primera instancia. El Ministerio Público Fiscal, en particular, llegó hasta la Corte Suprema de Justicia con un recurso de queja para intentar que se discutan estas circunstancias extraordinarias de atenuación.

El máximo tribunal resolvió favorablemente la presentación de las fiscales Susana Pernas Marina Whittall el 1 de agosto de 2024, decisión que reabrió la causa para su revisión.

Zoe estuvo internada en reiteradasZoe estuvo internada en reiteradas oportunidades en el Hospital de Niños “Ricardo Gutiérrez”. Imagen ilustrativa.

Ante la sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, la defensa del padre esgrimió que “no hubo golpes, sino sacudimientos y apretones”, y que una de las fracturas pudo haber ocurrido por “el llanto inconsolable de la menor”.

Las abogadas de M.L.N., en tanto, introdujeron nuevos datos. Además de sostener que no estaba demostrado que ella haya sido violenta con su hija, subrayaron su ausencia en momentos clave donde la niña estaba sola con el padre.

Otro argumento central fue que la mujer era víctima de violencia de género por parte de Martínez -lo denunció en 2016 y pidió una orden de alejamiento- y, en consecuencia, enfrentaba un estado de “impotencia aprendida”, un fenómeno psicológico que “afectaba su capacidad de percibir el riesgo de los actos” del papá de la niña.

Tras analizar todos los planteos, los jueces de Cámara Jorge Rimondi, Mauro Divito y Pablo Jantus resolvieron rechazar los recursos de nulidad planteados por las defensas, confirmar la condena contra el padre y absolver a la mamá.

Consideraron que había evidencias suficientes para demostrar con certeza que Martínez ejerció violencia activa sobre la niña. Se valoraron testimonios y escuchas telefónicas que indicaron que él fue quien provocó las lesiones de Zoe al zamarrearla, especialmente cuando la recién nacida estaba bajo su exclusivo cuidado y lloraba persistentemente, como en los momentos previos a la primera y tercera internación.

La pericia psicológica también señaló que Martínez percibía a su hija como “un ser indeseado, limitante e intolerado”, algo compatible con su conducta violenta.

En disidencia con la fiscalía, la Cámara confirmó la aplicación de las circunstancias extraordinarias de atenuación, por lo que mantuvieron los ocho años de cárcel.

A pesar de que M.L.N. inicialmente contribuyó a desinformar a los médicos, la Cámara encontró dudas razonables que impedían sostener que ella hubiera consentido los reiterados malos tratos que derivaron en la muerte de Zoe. Y dieron por válidos los argumentos de la defensa en lo referido a la violencia de género y sus consecuencias.

Según se desprende del expediente, la mamá logró rehacer su vida luego de la pérdida de su hija. Terminó el secundario y hoy estudia para ser maestra de escuela primaria.

El padre está en el mismo camino, aunque intenta reinsertarse desde la cárcel. Está encerrado con prisión preventiva por otra causa de homicidio agravado en la que fue condenado a perpetua. La causa está pendiente de revisión en la Suprema Corte bonaerense.

Desde hace unos años se dedica al arte desde la prisión. Martínez se graduó como productor musical en géneros urbanos y compone sus propias canciones desde una celda. Además, estudia Comunicación Social en la Universidad Nacional de La Plata.

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