“El importador Hsieh no se encontraba comprendido en alguna de las categorías de beneficiarios establecidas en ese régimen especial, ya que la República Argentina no mantiene relaciones diplomáticas ni vínculos oficiales con el país que aquel representaba”, indicaron los camaristas Edmundo Hendler, Nicanor Repeto y Juan Carlos Bonzon, integrantes de la Sala A de la Cámara en lo Penal Económico.