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LAS HERAS, USPALLATA CREARA UNA CIUDAD AGROTURISTICA

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Por medio de la aprobación definitiva de un proyecto de ley en la Legislatura provincial, el municipio podrá poner en funcionamiento en la zona de San Alberto, Uspallata, el desarrollo de un Espacio Temático de Agroturismo para Alta Montaña.
La propuesta de Ciudad Agroturística Temática San Alberto (Uspallata) que abarca cerca de 225 hectáreas, hoy convertida en ley por el cuerpo legislativo de Mendoza, fue concebida hace ya cuatro años por gestión del municipio lasherino que comanda Daniel Orozco.

En principio, por medio de un comodato que se otorgó por parte de la provincia hace ya dos años, se fueron parcelando todas estas tierras, poniendo en condiciones y ordenando todo ese sector de San Alberto desde el punto de vista jurídico dominal, siempre contemplando el espíritu de la ley presentada.

La ley habilitará al municipio a la entrega de parcelas de 2,5 a 3 hectáreas para hacer inversiones agroturísticas como construcción de cabañas, hoteles, granjas educativas con destino turístico para pequeños y medianos emprendedores. Todo esto dentro de un proyecto que busca explotar las vetas que actualmente ofrece el turismo agrícola sustentable, sobre todo en esa zona del Valle.

Según Gabriel Mostaccio, subsecretario de Producción y Desarrollo de la Municipalidad de Las Heras, “la idea de esto es entregar una parcela en contra de una propuesta de inversión por parte del adquirente; una vez que se haya hecho la inversión que el oferente promete, y que el municipio lo haya evaluado y aprobado, se le escritura a nombre de él. Ya ahora con esta ley que ha salido, directamente el municipio elabora la escritura del terreno, pero previo tienen que haber hecho la inversión en el lugar. La entrega del terreno no es al azar sino que la entrega es por medio de licitaciones públicas, en principio de dos o tres parcelas a la vez, en la cual se invitará a participar a inversores para que se presenten con sus proyectos; solo las mejores propuestas serán tenidas en cuenta para la entrega de tierras y luego se controlarán que realicen las inversiones propuestas”.

La idea central de esta ley es promover y darle vida a la zona de San Alberto en Alta Montaña, lugar ubicado luego del museo Las Bóvedas que quedó relegado en iniciativas de desarrollo hasta la zona de Estancia de San Alberto, por consiguiente todo ese sector de imponentes vistas cordilleranas no se pobló adecuadamente desaprovechando todo su potencial.

El municipio de Las Heras, que viene trabajando en un Plan de Desarrollo para la localidad de Uspallata, busca fomentar el proyecto “Ciudad Agroturística Temática San Alberto” en esa zona del valle.

La iniciativa, más la puesta en funcionamiento de la pista de aterrizaje del viejo Aeroclub Uspallata, que ahora funciona bajo el nombre de Campo de Vuelo Uspallata, permitirá en conjunto promover el desarrollo de diferentes proyectos turísticos, deportivos y culturales; para brindar un alternativa superadora y de calidad que potencien un desarrollo armónico y sustentable en el sector de San Alberto, denominado Los Tambillos.

La ley en principio fue presentada allá por el 2013 y se cayó; ya en el 2015; con la nueva gestión se retomó el proyecto y se trabajó a conciencia. Gracias a ello se logró sacar una media sanción de diputados hace 10 días, y finalmente este martes, 3 de marzo, tuvo la aprobación definitiva del Senado de Mendoza. “Esto le permite al municipio que, cuando se designe una parcela, se tenga la seguridad jurídica de poder darle al inversionista su escritura, lo cual le garantiza que su inversión no se pierda, lo que permite dar un ejercicio administrativo eficiente  y seguro por parte del municipio”, destacó Mostaccio.

La ley permitirá la transferencia de las parcelas identificadas como lotes 1, 2, 3 y 4 de la mensura Nº 1694 del Loteo Los Tambillos, en Uspallata, ubicadas a unos 4 km de la villa y que suman en total las 225 hectáreas. Las parcelas mencionadas eran propiedad de la Provincia de Mendoza, transferidas por el Estado Nacional a la Provincia mediante las Leyes Nacionales Nros. 14169, 24084 y Leyes Provinciales Nros. 2158, 3132 y 5597.

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