En particular, manifestaron su indignación con la sección 88. “La llamada a dar testimonio del amor virginal, esponsal y fecundo de la Iglesia a Cristo, no se reduce al signo de la integridad física (…) Haber guardado el cuerpo en perfecta continencia o haber vivido ejemplarmente la virtud de la castidad, aunque es de gran importancia en orden al discernimiento, no constituye requisito determinante en ausencia del cual sea imposible admitir a la consagración”.