El juez Bonadio procesó a la ex presidenta como jefa de una asociación ilícita en el marco de un sistema de recaudación ilegal que se habría, según el magistrado, implementado entre los años 2003 y 2015. Los pagos en cuestión habrían sido efectuados por decenas de empresarios (todos contratistas del Estado) y recibidos por ex funcionarios del anterior gobierno.
El abogado Carlos Beraldi se refirió a la “absoluta orfandad probatoria” de la imputación a la que calificó de falsa y espera que la Cámara Federal revoque el fallo.
“La imputación de Bonadío es tan poco seria que ni siquiera puede describirla de un modo preciso, tal como lo requiere cualquier auto de procesamiento que dicte un magistrado que reúna condiciones técnicas mínimas para desempeñar el cargo”, dice la presentación.
Sigue Beraldi explicando que “ lo que con grandilocuencia se denomina un “fallo histórico” ni siquiera satisface el requisito más elemental que debe tener un pronunciamiento de mérito, esto es, definir claramente el o los hechos por los cuales se habrá de responder penalmente. Para que se entienda, se habla genéricamente de veintiocho delitos y ni siquiera en uno de ellos se describe con la precisión que exige un auto de mérito cuál es la conducta concreta atribuida a nuestra defendida”.
Luego analiza los antecedentes personales del chofer Oscar Centeno, el autor de los cuadernos, “quien según se pudo constatar incluso habría sido declarado insano por la justicia, sumados a las extrañas vicisitudes que rodearon su detención y posterior inclusión en el programa de arrepentidos restan todo valor probatorio a aquellas fotocopias, cuya invalidez como prueba de cargo ya ha sido reclamada por nuestra parte”.
Tampoco surge de la declaración judicial de Oscar Centeno que la ex Presidenta de la Nación hubiese recibido pagos ilegales. “Por el contrario, el presunto arrepentido simplemente refirió que la habría visto en diversas oportunidades, indicando alguna circunstancia inverosímil, o bien sin explicar ningún dato concreto con qué respaldar sus dichos”, enfatiza el letrado.
Sobre el pedido de desafuero que Bonadio dejó supeditado a un eventual fallo confirmatorio de la Cámara, la defensa sostuvo: “Cualquier solicitud dirigida a coartar la función que la Dra. Kirchner cumple como Senadora de la Nación, elegida por el voto popular de la provincia de Buenos Aires, resultará no solo una lesión intolerable a sus derechos políticos, sino antes bien, lo que es mucho más grave, una agresión judicial al sistema democrático argentino”, dice parte del escrito de apelación.
El caso pasará a ser analizado por la Sala I de Cámara Federal, que por ahora ha ratificado al juez Bonadio y las decisiones que ha adoptado en la causa.
“Cualquier solicitud dirigida a coartar la función que Cristina Kirchner cumple como Senadora de la Nación, elegida por el voto popular de la provincia de Buenos Aires, resultará no solo una lesión intolerable a sus derechos políticos, sino antes bien, lo que es mucho más grave, una agresión judicial al sistema democrático argentino”, dice parte del escrito de apelación.
El caso pasará a ser analizado por la Cámara Federal.